viernes, 20 de abril de 2018

La privacidad y el uso de las tecnologías.

John Freddy Duitama

¿Permitiríamos a un amigo que encontremos en el supermercado revisar todos los productos que llevamos en el carro de compras? Los sitios de ventas online lo hacen. ¿Permitiríamos a un extraño que nos siga a cada lugar que visitamos? Los celulares recopilan nuestras rutinas diarias. Como consecuencia de las nuevas tendencias sociales hemos adquirido nuevos hábitos respecto a la privacidad e incluso hay un cambio cultural entre generaciones respecto a cómo entenderla. 

Al mismo tiempo, la potencial amenaza que la tecnología genera a la privacidad ha planteado reflexiones en diversos ámbitos. Debates sobre las regulaciones estatales que protegen al ciudadano y establecen normas a las empresas que manejan nuestros datos; cómo lograr una mayor conciencia en la sociedad sobre las implicaciones individuales y colectivas de usar este tipo de medios; el cómo lograr que cada ciudadano tenga un mayor conocimiento sobre las tecnologías que usa y sus riesgos.

El país ha avanzado en normatividad. La ley 1581 del 2012 tiene por objeto la protección de los datos personales que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación por su origen racial o étnico, su orientación política, sus convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos; así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual y los datos biométricos. Adicionalmente, la ley 1273 de 2009 creó como bien jurídico “la información y los datos” y estableció las penalidades para delitos informáticos como los atentados contra la confidencialidad, la integridad, la disponibilidad de los datos. 

Estas normas obligan a todas las empresas que manejan datos sensibles a informar a los ciudadanos sobre la utilizan como manejan la información. Sin embargo, todavía hay situaciones por cubrir. Aunque la constitución política defiende el derecho a la intimidad, el país ha firmado acuerdos internacionales de comercio -de obligatorio cumplimiento- que contradicen este principio. Se requiere además una mayor iniciativa de los organismos internacionales y del estado colombiano para lograr una mejor regulación internacional y para desarrollar estrategias de información y educación a los usuarios sobre sus derechos. Es necesario establecer pautas a las empresas de tecnología para que faciliten a sus usuarios el uso y la configuración de las opciones de privacidad. También hay vacíos respecto a qué controles deben tener los organismos de inteligencia del Estado que recopilan información de los ciudadanos; en varios países las agencias de inteligencia han creado vulnerabilidades secretas en las aplicaciones de las grandes compañías de tecnología para obtener información de los ciudadanos, violando las leyes establecidas. En Colombia hechos recientes como los hackers de pasadas campañas políticas y las chuzadas a los magistrados de las cortes son clara evidencia de ello. 

Unos de los impactos sociales más relevantes de la tecnología es la autonomía comunicativa que ofrece. Las publicaciones de los ciudadanos en Internet son una fuente de noticia alternativa a los medios de comunicación; el ciudadano de a pie puede controvertir las versiones “oficiales” de los gobiernos, medios de comunicación o grupos de poder; grupos de ciudadanos apoyados en las redes sociales se han organizado contra su gobierno. Estas experiencias evidencian alternativas para mejorar el ejercicio de la democracia. Sin embargo, este impacto positivo está amenazado de diversas maneras: Grupos de interés que usan Internet para difundir las noticias falsas en las redes sociales; usar las redes sociales para atentar contra la intimidad de las personas; las empresas que usan técnicas avanzadas de inteligencia artificial para influir en los ciudadanos en los resultados electorales.

Cómo contrarrestar estas amenazas es una pregunta sin resolver. ¿Debemos redefinir el concepto de privacidad? ¿Hasta donde el gobierno y las corporaciones pueden hacer uso de nuestros datos personales? ¿Cuál debe ser el código de ética de los ingenieros encargados de construir este tipo de tecnologías? ¿Deberían las empresas que ofrecen servicios “gratuitos” a cambio de recopilar información de sus usuarios comprometerse a tratar la información que recopilan de manera transparente y a mantenerlos informados de los usos que hagan de ella o incluso repensar su modelo de negocio?. La autorregulación sobre las noticias falsas y la sanción social a los infractores es un buen camino; igualmente, la nueva normatividad sobre la regulación de protección de datos europea, que entra en vigencia este 25 de mayo, puede ser un buen referente.

Como ciudadanos también tenemos un rol por jugar. Debe ser claro para todos que cualquier cosa que hagamos con dispositivos electrónicos se puede detectar por un tercero. Por eso vale la pena dedicar tiempo a conocer cómo restringir la recolección de información privada que realizan las aplicaciones instaladas en nuestro celular. Cada sitio que visitemos también puede recopilar información; vale la pena entonces dedicar algunos minutos a leer los términos y condiciones antes de usarlos. Otros temas que deben ser nuestra preocupación son: ¿Reenviamos sin verificar su autenticidad las cadenas de noticias que recibimos en las aplicaciones de mensajería? Hacemos uso del control parental de las aplicaciones que permiten ejercer una tutoría sobre los hijos menores de edad?. 

Estas y otras acciones que tomemos en lo individual o en lo colectivo seguramente ayudarán en mejorar los mecanismos de autorregulación frente a la privacidad y de esta manera hacer cumplir lo establecido en el artículo 15 de nuestra constitución política: “Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.”

La industria 4.0 y la Universidad.

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